30 de junio de 2008

Reglas para correo y mensajeria

• El personal de mensajería debe cumplir con el procedimiento establecido para la recepción y trámite de la correspondencia, verificar y asegurarse que las planillas de control de correspondencia sean diligenciadas debidamente.

• Recuerde que los mensajeros deben cumplir con diligencia, eficiencia e imparcialidad el servicio que le sea encomendado y no les está permitido tramitar asuntos de carácter personal propios o ajenos, lo cual puede ocasionar implicaciones disciplinarias para las partes involucradas.

• Los funcionarios autorizados en cada dependencia, deben observar el procedimiento y el control establecido para la legalización del reconocimiento de pasajes a los mensajeros que en cumplimiento de sus funciones realicen trámites externos.

• Cuando un mensajero solicite un permiso debe ser previamente autorizado por las dependencias donde está adscrito, en caso de incapacidad médica comunicar oportunamente. El Coordinador de la Oficina de Gestión de Correspondencia y Mensajería informará sobre las novedades de personal a las áreas respectivas y programará su reemplazo, dependiendo de la disponibilidad de personal.

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